Según un raro correo sindical (y digo raro por lo escasos que son) sobre la negociación de la nueva Ley de Función Pública, se estaría avanzando en la creación del grupo B para aquellas profesiones en que se exija el título de técnico superior (Como venía previsto en el EBEP hace décadas casi)
Parece ser que la Administración lo considera para los agentes ambientales y que se abre a su establecimiento para otros colectivos, como los delineantes y algunos más.
Nos felicitamos por ello y animamos a que se haga lo mismo con todas las profesiones para cuyo desempeño se necesite la titulación a la que aludimos como, por ejemplo los que citábamos en un artículo sobre la Administración de la Generalitat valenciana:
Cuerpo Técnico de gestión de sistemas y tecnologías de la información de la administración.
Cuerpo Técnico de gestión en prevención de riesgos laborales, seguridad y salud en el trabajo.
Cuerpo Técnico de gestión de proyectos de urbanismo y construcción.
Cuerpo Técnico de gestión de navegación y pesca marítima.
Cuerpo Técnico de gestión de Servicios Socioculturales y a la Comunidad.
Cuerpo Técnico de gestión en Educación Infantil.
Cuerpo Técnico de Gestión de Integración Social y Educación Especial.
Cuerpo Técnico de gestión en interpretación de la Lengua de Signos.
Si me olvido de alguno o queréis opinar sobre este tema, podéis escribirnos a fijosdecarreraasturias@gmail.com con vuestras aportaciones y sugerencias.
En mi opinión, el crear el grupo B para cualquier especialidad que requiera el título de técnico superior, abrirá la vía judicial por discriminación, para todos aquellos empleados pertenecientes a los otros en que se requiera y no se establezca.
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