Buenos días.
El próximo día 26 de agosto finaliza el plazo para presentar alegaciones al Proyecto de Ley de la Función Pública de Asturias. Creemos que es un momento importante para presentar nuestras reivindicaciones, y para ello hemos elaborado un borrador para que podáis copiarlo y remitirlo a través del enlace que os mandamos. Os agradeceríamos que lo difundierais entre vuestros compañeros para que todos puedan enviarlo...cuántas más lleguen, quizás más caso nos hagan.
El enlace para poder presentar las alegaciones es el siguiente:
http://www.asturiasparticipa.es/informacion_publica/anteproyecto-de-ley-del-principado-de-asturias-de-empleo-publico/#
El texto que hemos redactado, muy similar al que hemos hecho llegar en el comunicado anunciando la creación de la plataforma, es el siguiente (Cada uno puede, obviamente, añadir alguno que estime no está incluido, o quitar alguno que no estime oportuno).
Intentaremos poder hacer algún tipo de reunión en septiembre, para poder compartir ideas y posibles actuaciones.
Un saludo.
Texto de alegaciones:
Una vez examinado el texto del Proyecto de Ley de la Función Pública de Asturias, les remito las alegaciones y solicito se incorporen al texto las siguientes cuestiones:
1. La promoción interna no se realizó desde el 2009 hasta el año 2018, cuando en el Estado se realizó todos los años. Por tanto, solicito que haya un proceso de promoción interna anual, independientemente de que haya turno libre.
2. En la promoción interna que se está ejecutando en la actualidad, los exámenes son iguales que los de turno libre, se realizan el mismo día (por lo que no te puedes presentar a ambos turnos), y se exige en algunos casos mayor nota en turno de promoción interna que en turno libre para superar una prueba (véase administrativo), dejando plazas vacantes ya desde el primer examen (véase gestión). Solicito que no queden plazas desiertas, y la realización de exámenes de promoción interna de forma independiente a los de turno libre. Una promoción interna justa debe tener menos ejercicios que el turno libre, por ejemplo, en el cuerpo de gestión la promoción interna tiene el mismo número de ejercicios que el turno libre, test, supuestos y temas. La única diferencia con el turno libre es que en el primer ejercicio tienen 15 preguntas de test más (correspondientes a la parte constitucional, excluida en la promoción interna). Pues bien, haciendo una comparativa con el resto de las Administraciones Públicas, Comunidades Autónomas y el Estado, Asturias es la que más castiga a su cuerpo de administrativos para que promocionen a gestión, la que mayor número de ejercicios tiene (hay otras Administraciones Públicas con el mismo número de ejercicios pero son tipo test) y la que mayor número de temas obliga a estudiar
3. En la promoción interna no se genera derecho a bolsa. Solicito que se genere una bolsa de cada proceso de promoción interna para hacer efectivo el principio de igualdad y no encontrarse en peores condiciones aquellos funcionarios que no lleguen a sacar el turno de promoción interna que aquellos que no llegan a sacar el turno libre..
4. En caso de estar en alguna de las bolsas de turno libre, se exige la excedencia por interés particular (mínimo 2 años, y el reingreso está supeditado a vacante, pudiendo si la Administración así lo desea exigir la reincorporación con ocasión de concurso, como ocurre en el Estado en la actualidad). Existe una situación de servicios en el sector público autonómico, pero sólo para determinadas empresas o entes públicos, no para la administración en general. Solicito se regule la posibilidad de pasar a la situación de servicios en el sector público autonómico en caso de pasar a prestar servicios en otro Cuerpo.
5. Comisiones de servicio supeditadas a informes de los superiores, que en muchos casos impiden ocupar plazas de mejor nivel, mientras que el personal interino puede mejorar su empleo sin necesidad de autorización de su superior jerárquico. Solicito poder pasar a ocupar un puesto en comisión de servicios sin necesidad de informes que supeditan esta posibilidad a que se cubra la plaza que se deja vacía, puesto que la Administración debería proveer dicha plaza de forma automática.
6. No hay una verdadera promoción interna cruzada para laborales que realicen funciones análogas a funcionarios, cómo por ejemplo los auxiliares administrativos. Solicito se regule y ejecute la promoción interna cruzada en cuerpos cómo el de auxiliares administrativos, pasando una sencilla prueba de conocimientos prácticos básicos.
7. En la redacción del proyecto de la nueva Ley de Función Pública, se pone como máximo un 40% de plazas para promoción interna. Solicito que el menos sea de un 50% de las plazas ofertadas, dadas las nulas posibilidades de promoción interna que hemos tenido desde 2009.
8. Además, en este proyecto de Ley se define el puesto de trabajo cómo “unidad básica administrativa entendida cómo el conjunto de funciones, actividades, tareas u otras responsabilidades encomendadas por las organizaciones administrativas a cada empleado, de conformidad a lo recogido en la relación de puestos de trabajo u otro instrumento de ordenación, y para cuyo desempeño serán exigidos determinados requisitos, méritos, capacidades y experiencia profesional”, lo que en la práctica se va a traducir en poder cambiar el destino de cada empleado de un mismo grupo a otro de ese grupo, al ser todos los puestos de una misma área funcional iguales. Solicito que se elimine este concepto, que equipara la definición de puesto de trabajo a la de Cuerpo o Escala, y se defina cómo el puesto individualizado que ocupa cada funcionario/laboral.
9. También en esta nueva Ley se prevé la introducción del complemento de productividad, solamente para grupos A1 y A2…pero para que esos grupos cobren esas cantidades, tendremos que trabajar el resto sin compensación alguna. Solicito que, si se aprueba el complemento de productividad, éste consista en una cantidad igual para cada trabajador, independientemente de su grupo, Cuerpo o Escala.
10. A pesar de las más de 700 firmas recabadas entre los funcionarios del Principado a favor del establecimiento de bolsas de superior categoría (o promoción interna temporal), cómo existe en los Ayuntamientos, en muchas Comunidades Autónomas, en el ámbito del Principado de Asturias para el personal laboral, de educación, justicia y sanidad,… NO SE PREVEE EN EL PROYECTO ESTA POSIBILIDAD. La posibilidad de ejercer puestos superiores sería una mejora sustancial para que el personal fijo o de carrera del Principado pudiera ocupar plazas superiores (teniendo siempre la titulación exigida para el puesto) con preferencia al personal temporal que viene de las bolsas o del SEPEPA. No es de recibo que un puesto vacante de un grupo superior sea ocupado temporalmente por una persona ajena a la propia administración, cuando ésta tiene a su servicio personal suficiente con titulación y experiencia en dichos puestos (la mayor parte del personal fijo/carrera tiene titulación superior). Incluso el personal no permanente tiene regulado el derecho a la MEJORA DE EMPLEO, por lo que son llamados de la misma bolsa en la que están trabajando para ocupar plazas consideradas mejores o de mayor duración…plazas que se ofrecen solamente para el personal fijo/de carrera de ese mismo grupo a través de la intranet para su provisión por comisión de servicio o adscripción provisional, cerrando el derecho a la promoción profesional del personal fijo/de carrera. Solcito la regulación inmediata de la superior categoría o promoción interna temporal.
11. Solicito que las dietas y manutención tengan una cuantía única, independientemente del grupo al que se pertenezca. Es incomprensible que se sigan abonando dietas de diferente cuantía por pertenecer a uno u otro grupo.
12. Solicito que se derogue la norma que impide seguir cobrando la carrera profesional ya generada cuando se pasa a un grupo superior. Esto perjudica a todos los grupos salvo al A1, que nunca va a ascender.
13. En la Ley de Función Pública, se debe desarrollar en el Grupo B para el que el Estatuto Básico del Empleado Público exige estar en posesión del título de Técnico Superior o similar. Y se debe hacer, no sólo para el colectivo de Agentes medioambientales como prevé el borrador, sino también para delineantes, topógrafos, operadores de ordenador y todos aquellos otros que desempeñen las tareas de técnicos descritos en este punto. Para ello se deben incluir las previsiones precisas en la nueva Ley de Función Pública.
Un saludo.